martes, 22 de octubre de 2013

¡Yo conspiro en la Universidad Metropolitana!

Hoy 22 de octubre de 2013, una noticia me perturba: Una comisión de la Asamblea Nacional decide interpelar al Rector de la Universidad Metropolitana Dr. Benjamín Sharifker, pues según un diputado del PSUV desde esa Universidad se "conspira en contra del régimen y se adoctrina a sus estudiantes".

Las palabras del Diputado proponente de la investigación no pueden, sino alertar gravemente a toda la comunidad universitaria del país; se pretende desde el poder censurar abiertamente lo que se enseña en las universidades (a las cuales el gobierno siempre ha querido ponerle la mano y no ha podido a pesar de presiones de todo tipo). Pretende el gobierno imponer un "pensamiento único" de cátedra, en la misma línea de la imposición de la hegemonía comunicacional o de la satanización de todo cuanto no sea "socialismo". A pesar de que la Constitución y la Ley de Universidades consagran la libertad de cátedra, desde el poder se pretende avanzar en las aspiraciones totalitarias e impedir que en las aulas de clase se enseñe libremente; es claro que para terminar de doblegar a la democracia hay que doblegar a la diversidad del pensamiento.

Desde 2007, soy docente de la Universidad Metropolitana, en ella doy clases de "Derecho de la Economía de Mercado" e "Introducción al Análisis Económico del Derecho", por mis manos han pasado varias cohortes de pregrado y de postgrado y hoy leyendo la grave noticia termino convencido de que durante ese tiempo no he sido "profesor" sino un conspirador.

Soy un conspirador porque trato de enseñarle a mis alumnos cosas como libertad económica, libre competencia, libre desenvolvimiento de la personalidad, pluralismo político, legalidad positiva del particular y las limitaciones legales de las actuaciones del estado; en fin, una serie de valores que configuran al Estado Social de Derecho y su modelo económico contenido en la Constitución. ¡Claro está, enseñar eso es conspirar!. ¡Es que tengo que ser un conspirador! o si no ¿cómo pudiera llamarme por enseñar  algo que el estado (todo el, no solo el gobierno) se ha empeñado en mostrar fallidamente como la causa de todos nuestros males a pesar de estar consagrado en la Constitución?

En la Universidad Metropolitana nos empeñamos en enseñar a nuestros estudiantes a ser emprendedores, solidarios, responsables, eficientes, libertarios, honestos, líderes,...obviamente esas cualidades asustan a muchos; en especial a aquellos que no teniéndolas detentan el poder con escasez moral e ineficiencia crónica habiendo dilapidado y saqueado nuestros recursos. Pretender que nuestros alumnos fortalezcan por sí mismos y con nuestra ayuda esas cualidades no puede ser sino un acto de conspiración superlativa.

No puede ser sino un terrible acto de conspiración mostrarle nuestros estudiantes las muchas aristas que tiene un asunto; hacerles ver, que por muchas veces que nos llenen de dogmas o supuestas verdades siempre habrá que hacerse todas las preguntas que quepan y que cuando estemos totalmente convencidos de algo; por sanidad mental, hagamos el ejercicio de cuestionarlo, sea para reencontrarnos con esa verdad o para descubrir una nueva.

Es abiertamente conspirativo ser innovador, es abiertamente conspirativo ser un buscador de verdades, es abiertamente conspirativo ser creativo. Siendo así, entonces es absolutamente necesario para la evolución de las ciencias y las artes ser conspirador.

¡Soy conspirador! y lo hago en la Universidad Metropolitana varias veces a la semana.


Vicente González De La Vega
Abogado Especialista en Derecho Corporativo
Profesor de pre y postgrado de la Universidad Metropolitana





lunes, 29 de julio de 2013

La Nacionalidad de Maduro: Breve opinión jurídica.

Sobre los efectos que puede tener la supuesta nacionalidad colombiana de origen de Nicolas Maduro sobre la legitimidad de su postulación para el cargo de Presidente de la República. El Art. 227 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece entre otros requisitos para ser Presidente, ser: venezolano por nacimiento y no poseer otra nacionalidad.

Dicho esto, y visto que ha salido a la luz pública una supuesta acta de nacimiento que indica que el Ciudadano Nicolas Maduro Moros nació en Noviembre de 1961 en Cúcuta, Departamento del Norte de Santander, República de Colombia, es necesario precisar si ello invalida su postulación y posterior elección. Así mismo, según se ha podido conocer, el padre de Maduro, es venezolano por nacimiento, nacido en Cumaná (por lo menos eso dicen algunos documentos) y su madre es colombiana de nacimiento. 


PRIMERA PARTE


Para determinar la nacionalidad de Maduro es necesario analizar las disposiciones que sobre la nacionalidad tenían las Constituciones vigentes en Venezuela y en Colombia en noviembre de 1961, es decir: la venezolana de 1961 y la colombiana de 1886 (esta tuvo varias reformas pero ninguna sobre la nacionalidad). 


Según el Art. 8 de la Constitución colombiana de 1886, era colombiano por nacimiento el nacido en Colombia de, al menos un padre colombiano o de extranjeros con domicilio en Colombia. (ius soli)


Según el Art. 35 de la Constitución venezolana de 1961, era venezolano por nacimiento (entre otros casos): el hijo de madre o padre venezolano por nacimiento, siempre que manifieste su voluntad de poseer la nacionalidad venezolana o haya fijado su domicilio en Venezuela (ius sanguinis), sin establecer condiciones de tiempo para hacerlo (cosa que si se hace si es hijo de venezolanos por naturalización). Es conocido que la familia Maduro se estableció en Venezuela siendo el mencionado un menor de edad. 


Siendo así las cosas, asumiendo por cierto que el padre de Maduro era venezolano por nacimiento y sabiendo que fijó su domicilio en Venezuela siendo aún menor de edad; Nicolas Maduro es venezolano por nacimiento de acuerdo al Art. 35, numeral 3 de la Constitución de 1961. 


SEGUNDA PARTE 


Sobre poseer o no doble nacionalidad. Las constituciones tanto colombianas como venezolanas, previas a 1991 (COL) y 1999 (VEN) no permitían en términos generales poseer doble nacionalidad, se consideraba contrario a los intereses nacionales; sin embargo las realidades de ambos países hicieron que la doble nacionalidad se aceptase, por eso la constitución del 1999 venezolana trae una disposición sobre la doble nacionalidad del presidente, pues es una excepción al régimen general que si lo permite. 


Siendo así, en las constituciones vigentes al momento en que se debió dar la renuncia de la

nacionalidad del caso en cuestión, se establecen los requisitos para dicha renuncia, pero debemos tener claro que, por disposición del Artículos 9 y 14 del Código de Derecho Internacional Privado (Código de Bustamante del cual Colombia y Venezuela son parte) y de la ratio temporis en la renuncia a la nacionalidad colombiana se rige por la constitución colombiana de 1886, que en su articulo 9 establecía que se pierde la nacionalidad colombiana de manera automática por recibir otra (aunque hace referencia la nacionalidad adquirida debe entenderse que se extiende a la nacionalidad originaria, que sería el caso de Maduro) y fijar el domicilio en el extranjero, condición esta última que se da en el caso en cuestión y que genera, en el mismo evento, la pérdida de la nacionalidad colombiana y la afirmación de la venezolana por nacimiento. 

Con la constitución colombiana de 1991, Maduro pudo haber recobrado su nacionalidad colombiana según el artículo 98, que postula que quien la haya perdido (sea que la haya perdido por efecto de la constitución anterior o renunciado por la vigente) puede recuperarla, pero de acuerdo a las estipulaciones de la ley, es decir: voluntad expresa, trámite de documentos de identidad o fijar el domicilio (cosa no probada hasta los momentos) 


En conclusión, jurídicamente hablando, hasta que se pruebe otra cosa y tomando por válido que su padre era venezolano por nacimiento y que el acta presentada sea verídica: Nicolás Maduro es venezolano por nacimiento y no posee la nacionalidad colombiana a pesar de haber nacido en Cúcuta y por tanto no estaba incapacidado para postularse a la Presidencia de Venezuela. 


Para quienes se pregunten ¿y no hay una caída a eso? Solo dos posibles: Una, que alguien demuestre que el padre de Nicolás Maduro NO era venezolano por nacimiento y la otra, que alguien demuestre que desde 1991 hasta la fecha Nicolás Maduro haya ejecutado algún acto que implique la recuperación de la nacionalidad colombiana (OJO con esto, el 12 de Abril de 2002, Maduro y Cilia Flores huyeron a Cúcuta y en esa ocasión Maduro pudo haber opuesto su condición de nacional colombiano para que lo dejaran entrar, permanecer y obtener protección, pero eso mis estimados amigos es una especulación prácticamente imposible de probar)



viernes, 24 de mayo de 2013

La Batalla del Papel Tualé

La épica Batalla del Papel Tualé será el colofón de este desastre a que nos hemos sometido los venezolanos durante 14 años. El Presidente del INE el Econ. Elías Eljuri acaba de decir que la escasez del papel higiénico se debe a que ahora los venezolanos comen más, es decir todo un "logro de la revolución" (hace días escribí que algún imbécil iba a salir diciendo semejante estupidez y la cosa fue literalmente así); por otra parte la Presidenta del Indepabys sale hoy también diciendo que ellos recomiendan "usar el papel sanitario por ambas caras", quizás la recomendación más gráfica que gobierno alguno haya hecho a sus ciudadanos. 

A fin de cuentas este patético pasaje de nuestra historia solo sirve para ejemplificar con lujo de detalles lo inútil y perversos que son las medidas económicas de "controles" típicas de los gobiernos socialistas. Ese afán de que el estado está involucrado en absolutamente todo solo trae como consecuencia cosas como esta; a los funcionarios a cargo del "control" sobre los medios de producción, simplemente se les olvidó el papel sanitario, quebraron a las empresas que lo producían, a las que quedaron vivas las ahogan con controles, permisos, licencias, carpeticas de Cadivi y para usted de contar.

Solo el socialismo es capaz de postrar a un país petrolero en estas ridiculísimas crisis. En un ambiente de libertad económica habría suficiente oferta para satisfacer toda la demanda, con todos los precios, texturas, colores y calidades para algo tan personal como limpiarse el rabo!

lunes, 20 de junio de 2011

¿COMANDANTE PRESIDENTE?


Leyendo hoy algunas noticias, me tropiezo con los tweets que @IzarraDeVerdad envía, donde se ven algunos documentos oficiales firmados por el Presidente de la República desde su convalecencia en Cuba (cosa cuya legalidad es discutible); pretendiendo demostrar así, la mejoría del mórbido mandatario. Salta a la vista, según se puede ver en la foto anexa, cómo en una sola hoja de punto de cuenta el ¿cargo? de Comandante Presidente aparece cuatro veces. Semejante cosa me conectó a mi artículo anterior, y como negar no puedo mi condición de abogado y me fui a revisar mi Constitución y asegurarme de lo que quiero decir.

El Artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dice: “Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:…/… 3. Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana, salvo las fórmulas diplomáticas”. Es decir, para referirse al susodicho solo es oficialmente aceptable “Ciudadano Presidente de la República”. Por si acaso las dudas, me voy a los artículos 225 y siguientes de la carta magna para cerciorarme, y sólo consigo cosas como estas: “Artículo 226. El Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del Gobierno.” . Sin embargo, mi necia incredulidad me dice: ¡de repente son vainas de algún edecán! y busco sobre la condición de Comandante en Jefe del Presidente de la República contenida en el Artículo 236, el cual reproduzco: “Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República:…/… 5. Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar su contingente.”. …. ¡Nada que consigo dónde aparece la cosa…Chico, métele a la informática! Y me dispuse a poner “Comandante Presidente” en la búsqueda del Adobe Reader que me espetó: “Reader finalizó la búsqueda del documento. No se encontró ninguna coincidencia”

¡Y es que no es ninguna coincidencia!

El desprecio por el significado de la palabra ciudadano (ver entrada anterior) es evidente, es parte del discurso político oficial hacer ver que el Presidente de la República no es igual al resto de los venezolanos, simplemente ni él ni nosotros somos ciudadanos. El Comandante manda, el ciudadano cumple deberes y ejercer derechos. En una suerte de Kim Yong il tropical, en malaza copia de los regímenes comunistas, el líder del régimen agrupa en su persona los intereses del pueblo y por ello, se encuentra sobre el bien y el mal, permitiéndose el ejercicio del poder hegemónico.

Un “Ciudadano Presidente” está sometido a las leyes. Sobre su ejercicio se ejercen diversos niveles de control legal, político y ciudadano; sus decisiones son producto de consultas a su equipo de gobierno, a los partidos políticos que lo apoyan y a los ciudadanos en general. Un “Comandante Presidente” da órdenes, manda, repite la fórmula aprendida en el cuartel “Ordene y entendido”; sus decisiones son tomadas desde “la soledad del poder” (ver Carta al Chacal) creyendo que su saber y entender recoge la voluntad nacional y si no ¡Se la calan!. “Comandante Presidente” es la versión contemporánea de “Benemérito”, “Caudillo”, “Jefe”, “Duce”, “Führer”, es la personalización del Autoritarismo. Un “Ciudadano Presidente” es tal, por haber llegado por los votos. Un “Comandante Presidente” llega por vías de hecho. La legitimidad de la razón o la fuerza. Pudiera pensarse que se trata de adulancia rastrera, pero lo cierto es que el detentador del poder firma orgulloso sobre la línea “Comandante Presidente” lo cual evidencia su consustanciación con el desprecio a la ciudadanía.

La pérdida del tratamiento de ciudadano, opera en una relación “inversamente proporcional” entre el ciudadano común y el ciudadano que ejerce el poder público. En el caso del ciudadano común dicha pérdida implica la cesión de derechos y el incremento de deberes ilegítimos, para el funcionario dicha pérdida implica una disminución de responsabilidades y el incremento de la discrecionalidad arbitraria.

Hacernos llamar ciudadanos cada vez que sea posible puede ser un buen comienzo. Debemos insistir al liderazgo político alternativo que se dirijan a nosotros como ciudadanos. Para lograrlo, es fundamental conocer nuestros derechos y deberes fundamentales y buscar en el quehacer diario oportunidades para hacerlos valer o cumplirlos según sea el caso. Una clave nos deja Don Benito Juárez: “El respeto al derecho ajeno es la paz”